Los Registros de la Propiedad dependen del Ministerio de Justicia. Todos los asuntos a ellos referentes están encomendados a la Dirección General de los Registros y del Notariado. Cada Registro de la Propiedad está a cargo de un Registrador. Los Registradores son funcionarios públicos a todos los efectos legales. Cada Registro tiene una determinada circunscripción territorial.
Los Registros se llevan por fincas, abriendo a cada una de ellas un folio registral en el que se consigna su historial jurídico. El horario de apertura al público de los Registros de la Propiedad está regulado en la Orden del Ministerio de Justicia 2593/2003 de 18 de septiembre.
El Registrador atiende personalmente al público en el horario habilitado al efecto, conforme al Real Decreto 1935/1983, de 25 de mayo.
En el video que le presentamos a continuación puede aclarar con más detalle que son y que funciones tienen los registros de la propiedad.
Esperamos que el video le sirva para aclarar sus dudas, no obstante le recordamos que ante cualquier eventualidad puede consultar a un administrador de fincas colegiado, profesional que le ayudará a resolver todos aquellos asuntos relacionados con su inmueble.
Si necesita un Administador de Fincas en Las Palmas, colegiado, puedes contar con COMUNIVECINOS CANARIAS®, administradores de fincas colegiados que ponen toda su experiencia a tu servicio, si necesitas ayuda o más información, solicítala a través del siguiente formulario:
{module contacto}